"Creo que en cualquier época yo habría amado la libertad, pero en los tiempos que corren me inclino a adorarla" (Alexis de Tocqueville)

lunes, octubre 08, 2007

Garzón, como los franquistas del Tribunal de Orden Público

Lo leo, lo releo y no doy crédito.

El juez Baltasar Garzón, que, en mi opinión, está cometiendo -según él- un delito de prevaricación de libro, ha dictado un auto increíble. Increíble en una democracia, claro.
En una dictadura o en la checa, pues pelillos a la mar.

Luego dicen los batasunos que la Audiencia Nacional es como el franquista Tribunal de Orden Público. En el caso de los autos del divo tienen toda la razón. Son autos políticos como los que dictaba cualquier juez del TOP. Autos políticos para satisfacción del Caudillo.

Hoy hay que estar pendientes a ver si el Consejo General del Poder Judicial (llamado por error en el BOE "Conejo" o "Consejo General del Joder Judicial") reacciona ante esto.

¿Y la oposición?¿Dónde está?

Porque esto es de traca. Y luego dirán con voz engolada eso de "hay que tener confianza en la justicia", "hay que respetar las sentencias"...

Sí. Pero todo eso en un sistema democrático en el que hay separación de poderes e independencia judicial y no se dictan autos políticos ni se aplica la ley en función del capricho del tirano gobernante de turno. Cuando esto no se da no hay por qué respetar nada y mucho menos ser tonto de baba y confiar en la justicia de la checa.

Claro que en una democracia el número dos de Felipe González no estaría,a estas alturas, sentado en el tribunal en la silla de juez dictando autos políticos precisamente.


Auto. Págs. 73 y 74

Desde otro punto de vista, pero sin olvidar que la base de la actuación es la anterior, no puede dejarse de lado, el hecho de que cuando las actuaciones individuales de personas se han producido aún en nombre o representación de la opción política ilegalizada con el fin de buscar el final de la violencia, aunque haya sido equivocada o interesadamente no puede considerarse ese hecho como un acto delictivo. En ningún caso sería esto aceptable y así se puso de manifiesto en auto de 5.7.2006, en el marco del sumario 35/2002.

Ahora bien, una vez que ha quedado evidenciado, a lo largo del año 2007, y en particular desde Junio que la voluntad de los que componen esas estructuras, y la de éstas mismas, no es la de acabar con la violencia terrorista sino coadyuvar renovadamente a la consecución de los fines de la organización terrorista, por medio del recurso a la violencia, escenificada en la ejecución sistemática y reiterada de atentados, secuestros, extorsiones y otros, sin que se atisbe la mínima intención de separarse de esa línea, la valoración de su conducta no puede ser favorable a la falta de intencionalidad delictiva, de las reuniones, en las que planifican su actuación, sino a la ejecución de las mismas de acuerdo con la estrategia de ETA.

Así, en el momento actual y puesto que tienen opción de desvincularse de ETA, sin no lo hacen y optan por la permanencia en el complejo terrorista, cumpliendo los fines y actuando en su seno, según las pautas de ETA , esa misma actitud omisiva, debe valorarse, en unión de otros indicios, como un ejemplo de aquiescencia y apoyo con la línea de actuación de ETA y sus fines, y por ende, la sanción penal debe ser acorde con la voluntad manifestada de mantener la unión con la organización que dirige ETA.

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