"Creo que en cualquier época yo habría amado la libertad, pero en los tiempos que corren me inclino a adorarla" (Alexis de Tocqueville)

viernes, septiembre 09, 2005

RALLOFONÍAS PSEUDOLIBERALES II

Me acusa usted, señor Rallo, en sus encolerizadas contestaciones a mis posts sobre la doctrina ancap (Rallofonías pseudoliberales, ¿Qué es un ancap? La Justicia libertaria de Rothbard y La Ética libertaria de Rothbard) de despotricar contra los anarcocapitalistas. Me alegro, al menos, observo que algo ha aprendido de lo que he tratado de explicarle; despotricar se escribe con “s”. A pesar de la retahíla de insultos que me dedica, por no hablar de sus cultos seguidores, no pienso utilizar el victimismo como usted hace constantemente para desviar la atención del tema que nos ocupa. Para centrarlo, le diré en primer lugar, que no he venido a hablar de su libro, creía haberlo aclarado; pero persiste usted en la tergiversación del debate. El libro es lo de menos, y si Segerfeldt se escribe con “t” o con “h” intercalada a pocos le importa. Sólo pretendo desenmascarar su falsa profecía ancap.
Se denomina usted liberal, pero sus maneras e impermeable doctrina en nada se asemejan a los principios del liberalismo. Tal como lo describiera Gregorio Marañón: “Ser liberal es, precisamente, estas dos cosas: primero, estar dispuesto a entenderse con el que piensa de otro modo; y segundo, no admitir jamás que el fin justifica los medios, sino que, por el contrario son los medios los que justifican el fin. El liberalismo es, pues, una conducta y, por lo tanto, es mucho más que una política. Y como tal conducta, no requiere profesiones de fe sino ejercerla, de un modo natural, sin exhibirla ni ostentarla. Se debe ser liberal sin darse cuenta, como se es limpio o como, por instinto, nos resistimos a mentir”. Le ruego disculpe que acude al simplismo de las citas; me veo obligado a ello por las continuas alusiones a mi escasez de lecturas y a la pobreza de mis argumentos. Además, en algo teníamos que diferenciarnos, al menos, yo: cito. Me hago cargo además que lo que más daño ha hecho a su ideología doctrinaria, no es mi respetuoso post sobre el agua, sino las citas textuales de Rothbard. Ya pedía yo disculpas por mis comentarios jocosos y salidos de tono, aunque ninguno se refería a su persona (sólo criticaba al COLECTIVO, lo cual veo que le saca de quicio), y es que el asesinato de niños inocentes por la indolencia o la voluntad libertaria de Rothbard me saca de mis casillas. Discúlpenme mi estúpido moralismo mundano. Por cierto, ¿qué pensaría un escolástico como Santo Tomás de tamaño crimen? ¿Opina usted que, según la doctrina tomista, Rothbard sería considerado un “virtuoso” y se habría ganado “la vida eterna”? En Santo Tomás se vislumbra un humanismo que no acabo de ver en sus teorías. Curioso que un tipo como éste extrajese su teoría de la ley natural –no lo digo yo, presumía de ello- de los escolásticos españoles. En mi opinión, no es más que un pretexto para convertir su pretendida “ética natural” en dogma de fe.
Me alegra, por otro lado, saber que ha leído a los escolásticos españoles, o por lo menos es capaz de citarlos, lo malo es que la ciencia y la filosofía van en la actualidad por otros derroteros. No voy a caer en lo que afirma Revel sobre la muerte de la filosofía. Esta sigue viva por la innata necesidad humana de conocimiento en relación con el mundo que le rodea. Sin embargo, la filosofía moderna, siendo Popper su principal precursor, nos conduce hacia un nominalismo metodológico y un dualismo crítico que diferencia los hechos de las decisiones de los hombres. La metafísica o en palabras de Kant, el pensamiento dogmático, genera dogmas y no conocimiento. Como nos recuerda Revel en relación con la "Crítica de la Razón Pura" de Kant: “La raison humaine,‘se précipite dans l´obscurité et les contradictions’ quand elle se sert des principes qui ‘vont au-delà des limites de toute expérience’ et qui ainsi alimentent le champ de bataille de ces combats sans fin qu´on nomme métaphysique " (Histoire de la philosophie occidentale ; Jean-FranÇois Revel, éditions Agora). Me parece que el que no ha leído a Rothbard es usted o, quizás, no lo haya entendido.
Parece que ahora reniega usted de Rothbard, en algunos aspectos cuando menos, porque trata de acudir a un tal Albert Esplugas -por curiosidad malsana, ¿no será el mismo que dejó un comentario en mi blog aconsejándome dedicar mi tiempo a otra cosa? ¿Y de verdad que les llamé tribu?- para posicionarse en contra de nuestro pobre autor. Por dios, qué pensará el señor Huerta de Soto de su amarga defección. Fíjense ustedes lo que dice el señor Soto sobre el famoso librito “Ética de la Libertad” de Rothbard: “Rothbard ha sido el defensor más enérgico y coherente de la libertad en este siglo”. ¿Se imaginan a Churchill diciendo lo mismo en el prólogo del Mein Kampf? Desde luego para mí sería una tremenda decepción.
Decía recientemente el sr. Recarte sobre Lasalle, diputado del PP y miembro del think tank de FAES:
José María Lasalle es un intelectual vinculado al Partido Popular, al que tuve ocasión de escuchar hace poco en una de las conferencias que organizó FAES para conmemorar el XV aniversario del derribo del muro de Berlín. Una conferencia que fue un encendido canto a la libertad. Y ahora nos sorprende con esa tercera de ABC en la que pone a China como ejemplo para la esclerotizada Europa. ¡Qué vergüenza!, ¡qué ignorancia!, ¡qué falta de respeto a los derechos humanos!, ¡qué perversión intelectual! Perdonen los exclamaciones pero, aún subrayándolo, ese artículo me parece la mayor iniquidad perpetrada por un intelectual, supuestamente liberal, ligado al PP en la historia de la FAES de Aznar.
Me agradó la fuerza y valentía de su artículo. Mi argumentación se dirige en esta misma línea. Y no digo que en ocasiones no anden ustedes sobrados de razones en las críticas que hacen del Estado, lo que digo es que utilizan los fallos del sistema para apalancar su ideología ciertamente utópica y maximalista. No me extraña que después hablen de fundamentalismo del mercado, facilitando la labor a los antiliberales. Bueno, en realidad, según ustedes, me debería importar bien poco, porque soy “socialista”. Dice usted que no utiliza un enfoque iusnaturalista sino utilitarista para tratar el tema del agua. Me deja usted estupefacto. No, si al final va a resultar que no es usted un anarco-capitalista: es un economista utilitarista, uno de esos que tanto critica Rothbard. Bueno, de hecho, si esto fuera cierto tendría que acabar aquí la discusión. Claro, me olvidaba de ese relativismo intelectual del que tanto le gusta abusar (son los tiempos que corren). En realidad, se delata a continuación porque afirma con todo el descaro que: “sólo lo ético es eficiente”. Pero, ¿en qué quedamos? ¿Su enfoque es utilitarista o es iusnaturalista? Porque si es utilitarista no puede ser eficiente (me limito a citarle). Y si es ético no puede ser utilitarista. Se atribuye al cínico Diógenes Laercio la siguiente máxima: “La prudencia es la más firme muralla y no puede ser abatida ni traicionada: Sus defensas deben ser construidas con argumentos inexpugnables”. Yo añadiría que la honradez intelectual también.
Pasaré por alto su respuesta a lo que trataba de explicarle en relación con la diferencia entre la gestión del agua y el dominio público sobre este recurso. Veo que no lo ha entendido, aunque no le culpo por ello, a mí me costó cinco años de carrera, y, por lo que observo, sigo sin explicarme con claridad. Lo que me resulta chocante es que lo despache con argumentos demagógicos y retorciendo mis palabras. Si, yo mismo le estoy diciendo que el actual sistema de asignación del dominio público radioeléctrico es sectario y contranatura. No se alarme usted, no me he vuelto rothbardiano. Digo: que no respeta las razones intrínsecas que motivan la existencia de unas reglas exorbitantes del comercio privado, al desviar la naturaleza de esta figura jurídica mediante un sistema de concesión politizado. Trataré de explicarme: Por extraño que le parezca el mundo no se divide en anarco-capitalistas y socialistas. En el tema del agua, tampoco. Existen diferentes teorías y tradiciones histórico-legislativas al respecto. Sería posible, siguiendo las enseñanzas de Marañón, tratar de entendernos si usted fuera realmente liberal o gozara simplemente del menos común de los sentidos. Desgraciadamente su maximalismo metodológico le lleva a una consideración ingenuo-esencialista de la realidad que le circunda y convierte sus argumentos en falsos juicios apodícticos. Así pues, en nuestro ordenamiento jurídico se han manifestado tradicionalmente dos tendencias en la asignación de la titularidad de las aguas: por un lado, el sistema romano que se recoge en las Partidas con sus tendencias privatizadoras y ribereñas y, el sistema regaliano que favorece la intervención administrativa limitadora de los derechos de los propietarios ribereños. Es sólo a partir de 1845 cuando comienza a imponerse el sistema administrativo francés mediante la calificación como obras públicas de “los canales de navegación, de riego y de desagüe, los puertos de mar, los faros y desecamiento de lagunas y terrenos pantanosos en que se interese a uno o más pueblos o afecte a la navegación de los ríos y cualesquiera otras construcciones que se ejecuten para satisfacer objetos de necesidad o conveniencia general” (Decreto de 10 de octubre de 1845). El proceso de publificación posterior, ya lo expliqué en mi post anterior en relación con el actual marco legislativo de la Ley de Aguas, excluye de este sistema intervencionista a las aguas subterráneas (los famosos pozos), charcas y cauces de aguas pluviales. Desechemos este sistema por intervencionista, que indudablemente lo es, y regresemos al marco jurídico anterior. Así, volviendo al sistema de las Partidas (que se ve reforzado por el liberalismo a partir de 1811), observamos que en ellas se refleja el sistema romano de las cosas comunes: “las cosas que comúnmente pertenecen a todas las criaturas que viven en éste mundo son éstas, el aire y las aguas de lluvia y la mar y su ribera”. Por otro lado, los ríos, junto con los puertos y los caminos públicos, pertenecen a todos los hombres comunalmente, en tal manera que pueden usar de ellos los que son de otra tierra extraña y los que moran o viven en aquella tierra “do son” (Ley III y V, del título XXVIII). Sobre los ríos navegables se establece la prohibición de llevar a cabo cualquier tipo de construcción –“ni molino, ni canal, ni torre, ni cabaña, ni otro edificio ninguno”- que entorpezca la navegación. En cuanto a la libertad romana de hacer pozos para extraer las aguas subterráneas, que reitero se mantiene en la actual legislación, las Partidas sostenían la prohibición de causar perjuicio a tercero a riesgo de que se prohibiese o mandara derribar lo que estuviese hecho (Ley XIX, Título XXXII de la Partida Tercera). Es la denominada actio aquae pluvial arcendae, que persigue que las cosas vuelvan a su estado originario a tenor del principio del ius civile de que las aguas debían discurrir naturalmente. Observamos, por tanto, que junto al sistema de régimen de propiedad de los predios ribereños sobre la base de su consideración como res nullius, susceptible de apropiación por los particulares, se establece un régimen público de las aguas de los ríos navegables. Es decir, incluso bajo esa visión privatizadora de la titularidad del agua, se establecía un régimen público para salvaguardar el interés común en relación con la navegación. En el Digesto (Ulpiano Ley 1, Libro XL III, título 12) se decía: “No hagas en río público o en su orilla, ni introduzcas en río público ni en su orilla, cosa alguna por la cual se haga peor para las naves la estancia o el paso”. Los propietarios de los fundos ribereños están obligados a permitir el usus publicus riparum para los fines de la navegación. Junto a estas limitaciones de la propiedad civil se configura una clasificación de bienes (res comunes omnium) que por derecho natural pertenecen a todos los hombres y que cualquiera de éstos puede usarlas en los límites de sus necesidades, siempre que no lesione el mismo derecho reconocido a los demás. Esta categoría formulada por Marciano, es adoptada por las Instituciones de Justiniano: Et quidem naturali iure omnium comuna sunt illa: aër et aqua profluens et mare et per hoc litora maris. En roman paladino, según la norma justinianea quedaría excluido del dominio de los particulares: el aire, el agua corriente, el mar y las riberas del mar.
Lo que trato de explicarle en esta intensiva pero necesaria introducción al derecho, es que incluso los romanos, que “estaban locos” (esta cita sí le suena, ¿verdad?) pero no eran nada tontos, intuían la necesidad de establecer una categoría de bienes que resultara excluída del dominio de los particulares. Puede usted por tanto seguir utilizando su argumentación por los extremos, en esto copia a Rothbard por cierto, pero no por ello su apoliticismo y evidente aversión por las cosas comunes –entre ellas las instituciones democráticas- convertirá sus calabazas argumentativas en bellos carruajes intelectuales (el pedantismo verbal quizás le ayude en su labor descalificadora, tildándome de “troll” y “socialista”; es precisamente a esto a lo que me refiero cuando afirmo que utilizan el liberalismo como coartada y el socialismo como espantajo para apalancar su pueril, pero no por ello menos dañina, doctrina).
Ahora bien, a nadie se le escapa que el progreso técnico, el aumento del nivel de vida y de población han cambiado sustancialmente las necesidades, convirtiendo el agua en un bien de primera necesidad. No sólo para la agricultura, sino para la industria y el consumo humano, lo que ha propiciado un proceso de publificación. Es decir, es el propio desarrollo económico el que va a impulsar las políticas públicas en el marco del agua, facilitando un proceso de demanialización de determinados bienes entre ellos las aguas continentales. Comprendo que su limitado enfoque anarquista del mundo le nuble la vista, pero resulta patético verle retozar en el fango “erre que erre” con los mismos argumentos cargados de radicalismo propagandístico. Me acusa usted, por el contrario, de exhibir los totalitarismos como arma dialéctica. Y es que permítame sugerirle que introduzcan en sus bitácoras una advertencia similar al de las cajetillas de tabaco: “las utopías pueden matar”. Mire lo que decía Grossman, uno de los autores del Libro Negro sobre el exterminio de los judíos en la URSS, en relación con el hambre en Ucrania: “Los escritores y el mismo Stalin decían todos lo mismo: los kulaks son parásitos, queman el trigo, matan a los niños. Y se nos afirmó sin ambages: hay que levantar a las masas contra ellos y aniquilar a todos esos malditos, como clase”. Añade: “Para matarlos, había que declarar: los kulaks no son seres humanos. Era exactamente igual que los alemanes cuando decían: los judíos no son seres humanos. Es lo que dijeron Lenin y Stalin: los kulaks no son seres humanos: “Es como los alemanes que mataron a los hijos de los judíos en las cámaras de gas: no tenéis derecho a vivir, ¡sois judíos!”. ¿No le recuerda todo esto a alguien recientemente citado en mi blog? ¿O prefiere mirar hacia otro lado y “entresacar lo bueno” -vaya como el jardinero que cultiva las plantas- del señor Rothbard? Para ampliar sus conocimientos sobre los totalitarismos le recomiendo vivamente “El Libro Negro del Comunismo”; el Mein Kampf doy por supuesto que ya lo ha leído.
Bien, hagamos una breve digresión para aclarar ahora el dominio público radioeléctrico. Quizás he dado por supuesto demasiadas cosas y no se entiende lo que digo al respecto, no le culpo, no es usted jurista, e incluso para un jurista el tema tiene su complejidad. Yo no le achaco que si sabe mucho o si sabe poco -eso será en todo caso su problema-. No lo estaba haciendo cuando osé criticar su reseña sobre Segerfeldt (¿lo he escrito bien?), lo que denuncio es su radicalismo político que no sólo desvirtúa el liberalismo, sino que le arrastra al abismo de la sinrazón, y con usted, a sus ingenuos seguidores.

Definamos, entonces, el espacio radioeléctrico y justifiquemos su afectación al demanio público. Dice así, el artículo 2 de la Ley General de Telecomunicaciones (LGT), 11/1998, de 24 de abril: “Las telecomunicaciones son servicios de interés general que se prestan en régimen de competencia. Sólo tienen la consideración de servicio público o están sometidos a obligaciones de servicio público, los servicios regulados en el artículo 5 y en el Título III de esta Ley”. Se excluyen de este régimen, las instalaciones esenciales para la defensa nacional y las obligaciones de servicio público que recaen sobre los explotadores de las redes. Aquí, podemos apreciar una primera distinción entre la intervención administrativa en un determinado sector por el interés general subyacente y su gestión, que como es el caso, puede llevarse a cabo en régimen de competencia. Ahora, bien esa prestación en el marco de la iniciativa privada requiere un título habilitante, que podrá ser, o bien, una autorización general o una licencia individual. La diferencia entre un sistema y otro es que la autorización general se otorga de forma automática y reglada (es decir no entra en juego la discrecionalidad de la Administración). A este régimen de autorizaciones se encuentra sometida también la prestación de servicios de acceso a Internet (mala suerte, lo siento; confunde aquí nuestro articulista los “servidores” con los medios de difusión de noticias).

Por otro lado, el artículo 15 de la LGT, somete a régimen de licencia individual los siguientes servicios:

Se requerirá licencia individual: 1º Para el establecimiento o explotación de redes públicas de telecomunicaciones. 2º Para la prestación del servicio telefónico disponible al público. 3º Para la prestación de servicios o el establecimiento o explotación de redes de telecomunicaciones que impliquen el uso del dominio público radioeléctrico, de acuerdo con lo dispuesto en el Título V”.

Es decir, tanto la prestación del servicio de telefonía fijo disponible al público como las redes de telecomunicaciones que usen el dominio público radioeléctrico (no se impaciente ya llegamos), están sujetos a unas normas y obligaciones de carácter público. Siento comunicarle que se incluye a los servicios vía satélite y, también, a los que se prestan mediante cable. ¿Por qué tanto “totalitarismo” en una sola Ley? Vemos que, por un lado, se establecen una serie de obligaciones que pretenden por ejemplo garantizar una asignación racional y coordinada de la numeración (¿se imaginan que cada cuál se asignara su propio número?) o garantizar al usuario -o sea, persona con ojos, nariz y boca- el acceso continuado al servicio y la plena compatibilidad de los equipos técnicos de las diferentes compañías (es decir, favorecer la interconexión de los diferentes servicios). Caso práctico: en este último ejemplo, la compañía A que presta sus servicios en una sociedad libertaria compite con la compañía B. Habiendo adquirido una posición de dominio con arreglo a las leyes del mercado (es decir, por su “justicia natural” o, más estrictamente, mediante competencia libre y leal), decide impedir la compatibilidad de sus líneas con las de B, imposibilitando a sus minoritarios usuarios la interoperabilidad del servicio para de este modo expulsar a B del mercado. Me pregunto yo: ¿serían más libres los usuarios de B, que no pueden llamar a sus amigos y que finalmente se verán abocados a utilizar los servicios de A, en este pretendido paraíso libertario? Los únicos que serían más libres, son los accionistas de A, que a partir de ese momento habrían adquirido el monopolio del mercado y podrían subir los precios a su antojo o excluir a determinados usuarios por motivos políticos.

Entrando finalmente en el dominio público radioeléctrico, decir que el espectro de frecuencias electromagnéticas es un bien escaso ya que su uso está delimitado por sus características físicas. Las ondas electromagnéticas viajan por el espacio a una determinada velocidad y a una frecuencia que se mantiene invariable y que son limitadas. A través de las ondas electromagnéticas puede viajar la información que se trasmite por radio y/o televisión, bien vía satélite (también sujetos a este régimen de licencias) u ondas hertzianas. Ahora bien, como en el caso de la regulación del tráfico, existe un interés general de todos los que emiten la información y la perciben en emitir y/o recibir las señales sin interferencias. Para que no se produzcan esas interferencias es necesario que una entidad (pública o privada) asigne las frecuencias a cada emisor. En una hipotética sociedad libertaria sería imposible poner de acuerdo a todos los agentes económicos para distribuir políticamente (no se realiza por criterios de mercado) los recursos escasos. Surge entonces un conflicto político que sólo pueden resolver las leyes y el gobierno. Aunque, también podría hacerse por selección natural como en “el difícil caso de los niños”, como lo llama Rothbard, deshumanizando primero y después exterminando a los competidores molestos. Ah, ya; todos cooperarían amablemente, como en el caso de nuestro Robinson y Viernes en su isla. Me parece que es usted un hiper-optimista, no se lo tome a mal, prefiero pensar eso a que es usted un necio.

Terminamos ya con el dominio público radioeléctrico, tema complejo donde los haya, para adentrarnos en el de los medios de comunicación. En relación con Internet, como sabrá muy bien, la prestación de servicios es libre y se encuentra regulada por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, 34/2002. No obstante dicha prestación se somete a un régimen jurídico con una serie de restricciones como el orden público, la salud pública, el respeto a la dignidad de la persona y el principio de no discriminación (me olvidaba para un ancap sólo existe el derecho de propiedad), o la protección de la infancia (el famoso mercado de niños que Rothbard propugna, que efectivamente ya se da en Internet pero afortunadamente persigue coactivamente el Estado). Por cierto, aclararle que los periódicos de imprenta no viajan por nuestras famosas ondas electromagnéticas.
El caso de las televisiones es más difícil porque está sometido a una regulación muy variada y, ahora, sí que voy a tener que darle la razón, me está entrando una pereza intelectual de órdago. En realidad, me estoy empezando a preguntar que quizás usted no sea un iluminado sino un avispado estudiante que me provoca para no tener que acudir a sus clases y obtener sin esfuerzo su preciado “recurso escaso”. En resumidas cuentas, siendo las frecuencias electromagnéticas un bien escaso y, mientras ello sea así, es lógico que cuando las televisiones hagan uso de él, se someta la prestación del servicio a autorización y a unas determinadas reglas de asignación y uso del recurso. Lo que es menos lógico es el espectáculo dantesco al que asistimos cada vez que se ofertan mediante concurso público los canales televisivos y se utilizan los medios como arma política arrojadiza. Eso sólo tiene un nombre y es la prevaricación, delito menor donde lo haya en nuestro ordenamiento por el escaso interés que suscita en los poderes públicos encargados de su persecución. De ahí que Polanco tenga el control de tantos medios de comunicación. Efectivamente, es la distorsión de las reglas del juego por medios políticos. Por eso, es por lo que defiendo que la asignación de los recursos escasos debe realizarse con arreglo a criterios objetivos y reglados que imposibiliten la discriminación en el acceso a la prestación del servicio y multipliquen la oferta televisiva. Ese es el verdadero interés general; que existan unas reglas del juego, válidas para todos, que no limiten los derechos de los usuarios ni la libre empresa.
En determinados casos, es imprescindible la intervención del hombre (es decir de los legítimos representantes de los individuos, por raro que le parezca) para suavizar los efectos perniciosos que tendría la mera aplicación apriorística del laissez-faire. Si bien le concedo que la ciencia económica se sujeta a unas reglas no escritas, no arbitrarias si prefiere, que favorecen el desarrollo económico, y que la mejor intervención es la que menos interviene. No es menos cierto es que en ocasiones dicha “no intervención” resulta contraproducente porque sólo lleva al atraso y la insatisfacción de las necesidades en ámbitos de general interés para todos los mortales (todos, menos Rothbard, se entiende). Lo dice usted muy bien cuando afirma ufano que “esas inversiones dependerán de su rentabilidad”. Y si no son rentables, ¿qué hacemos? ¿Subimos los precios del agua hasta la extenuación de los agricultores? (no es que les tenga especial aprecio, otros llorones subvencionados), o, más preocupante: ¿no garantizamos el acceso al agua a todas las poblaciones? Ya, la solución que propone es que vayamos al río a acarrear agua, como en África. Y para ir al baño, ¿qué hacemos? ¿excavamos un agujero? Claro, entiendo, si el sector privado interviene acaba con la pobreza en África. Enseguida construiría carreteras, sistemas de alcantarillado, de abastecimiento de agua…Me pregunto, yo, mortal, que no ha visto la luz: ¿quién va a pagar los costes? ¿Sabe usted cuáles son los ingresos/medios por persona y día en África? Efectivamente, hay un doble problema: el de la rentabilidad, y el de la miseria. No ha leído usted a Fukuyama, en su libro “La construcción del Estado”, (sólo un conservador que dice Rothbard), explicando por qué el principal problema de los países africanos es la ausencia de un entramado institucional y jurídico mínimamente digno de ese nombre. De ahí sus problemas de corrupción y miseria, y su incapacidad para atraer las inversiones privadas. Fukuyama nos propone precisamente solventar la debilidad actual de los Estados (yo preferiría el término Gobierno) para paliar las hambrunas en Somalia y Etiopía reforzando las instituciones democráticas y el poder del Estado. Teoría que usted despacha con la misma gracia que fuerza argumental.

Sobre el aire no me detendré mucho, porque como bien dice usted a día de hoy no se puede embotellar de forma excluyente, ni es un bien escaso, aunque tampoco antes el hombre había viajado por el espacio. El derecho regula categorías y supuestos hipotéticos que se dan o pueden darse en la realidad. Hasta los romanos, que usted cita, lo entendieron como un bien común. Lo que usted todavía no ha explicado es: ¿cómo regularían sus individuos libertarios el tráfico aéreo?

Pasaré por alto su habilidad para el cálculo de las medias aritméticas, ¿qué pasa que ya no lo explican en la LOGSE? Primero, resulta que “donde dije digo, digo Diego”. El consumo medio por persona ya no es 1300 litros/día, ahora nos deleita con sus medias aritméticas para, por arte de birlibirloque, afirmar sin rubor alguno que la media son 5050. Algo no cuadra. Compruebo que la suma y la división x 2 la domina, me alegra. Sin embargo, nos sigue deleitando con sus maravillosos cálculos irreales. Veamos: para empezar calcula el gasto por familia y no por persona, (cada familia la constituyen de media 3 personas), debe ser por “morriña” colectivista de la tribu ancap. Esto le lleva su primer error, el gasto es de 164,5, según datos del año 2002 por persona y día (100 si prefiere). En segundo lugar, el consumo de agua para el sector agrícola es sólo de 3,6 veces más (aproximadamente) en valores absolutos, no de 100 veces más como afirma usted (deben de ser agricultores pertenecientes a la clase agraria rothbardiana, es decir, especialmente derrochadora). En cualquier caso si pretendiese realizar el cálculo del consumo medio de agua por persona, incluyendo las explotaciones agrícolas, debería no sólo sumar 164,5 a la cifra resultante de promediar el consumo por explotación agraria (17.115 Hm3/número de agricultores /días) sino dividirlo por el número total de unidades (personas y unidades agrarias) desvirtuando así el resultado global. Porque desvirtuar, eso sí es lo suyo. Enfréntese a la cruda realidad de la multiplicación matemática y no se escabulla con medias aritméticas ad hoc o, si prefiere, de las de andar por casa. Así, el coste de la botella de Font Vella frente al precio actual que pagan los consumidores (no los agricultores) es decir 0,81 euros m3 (recordemos que 1 m3 son 1000 litros) frente a sus 30 céntimos el litro. ¿A quién pretendía engañar? ¿A mí o a sus lectores?

Sin embargo, que duda cabe que ha oído usted campanas y, por ende, repite la acertada pero nada original verdad de que en España, los precios que pagan los regantes por metro cúbico de agua utilizada no cubren los costes reales que supone el llevar el agua hasta los campos. Actualmente, las aguas subterráneas suponen unos costes para el agricultor que pueden rondar un promedio de 0,11 €/m3 ( 20 ptas/m3 ). Sin embargo, en la mayoría del millón de hectáreas de regadíos tradicionales y el en otro millón de hectáreas de nuevos regadíos subvencionados por el Estado, los regantes apenas pagan entre 0,002 y 0,017€/m3 (0,4 y 3 ptas/m3). Por eso es preciso internalizar los costes de las infraestructuras, aunque no atiendan a precios de mercado, con el fin de que los agricultores paguen el agua que consumen -es decir, el coste real del servicio y no la intuición de los políticos, como afirma usted, sin más base que su irracional odio a esta especie, que debe considerar subhumana- lo que supondría además un ahorro efectivo en el actual despilfarro de agua obligando a sistemas de riego más acordes con el precio de los bienes que se transforman. Mire usted por donde, funciona igualmente su teoría de los precios, que si bien es cierta con carácter general, existen mecanismos sustitutorios.

Pero veamos donde nos lleva, su fundamentalismo del mercado en un tema tan complejo como el agua; es posible que sus agricultores valencianos y murcianos consigan finalmente el agua a precios de mercado (¡eureka! habría resuelto su problema de un plumazo). Quien seguro se vería abocado a su sistema africano de transporte y depósito de agua son las pequeñas poblaciones cuya rentabilidad para el gestor privado, teniendo en cuenta el coste de las inversiones, no sería suficiente en términos económicos para garantizar el abastecimiento de agua, ni los sistemas de depuración. Pretenden ustedes retrotraer al pasado a gran parte de la población española. Si el lema joséantoniano era “pan y tierra”, el suyo, es “la cuba y la fosa séptica”. Tiene usted, sin embargo, toda la razón: “los pobres necesitan agua, no ideología”.

Me alegro de que me corrija mi confusión sobre la paternidad de la teoría de la competencia monopolística, me dejaré llevar por sus conocimientos económicos que he de presumir mayores que los míos. Me gustaría que nos ilustrara, sin embargo, sobre: ¿ qué opina acerca de ella? Me imagino que la misma visión apologética que Schumpeter: que consideraba el poder del monopolio como un incentivo adecuado y una recompensa merecida por el empresario innovador. Probablemente, este enfoque podría ser aplicable a Microsoft en una situación de mercado libre, pero en el caso de los bienes comunes y de primera necesidad como el agua se me presenta difícil de imaginar. Coincidían Schumpeter y Rothbard, poco más, en que ambos seguían a los escolásticos.Por tanto, la idea de los bienes comunes debería ser de fácil comprensión para ustedes al configurarse inicialmente éstos desde una óptica iusnaturalista. Ya, entiendo, lo que distingue a los ancaps de los escolásticos es que sustituyen a dios por el mercado. Y se olvidan de que la creencia en Dios –en este caso el dios mercado- es un acto de fe y no una ciencia empírica. En cualquier caso, ya dije en su momento, que quizás sea usted un buen economista, yo no lo soy, aunque las nociones de las que presume en su contestación –en esto, tiene usted toda la razón- es obvio que provienen de un libro de introducción a la economía. ¿Es todo cuanto es capaz de hacer en su propio terreno?

Vislumbro con claridad su problema: no comprende a Rothbard. Se reclama utilitarista pero no lo es. Sigue a Rothbard pero no lo sigue. Por cierto, como diría Rothbard: en el difícil caso de los muertos vivientes, ¿cómo lo soluciona con su justicia restitutiva? ¿Nos lo explicará algún día? ¿Tiene usted como Rothbard el poder de restituir la vida? Permítame ser específico sobre la “comuna universal” de Rothbard (pg 86 de su panfleto “Ética de la Libertad”: “Cualquier grupo de personas que expropiara la obra del escultor sería claramente clasificado como agresor y parásito: se estaría beneficiando a expensas del expropiado. La mayoría de los ciudadanos [habría que preguntar: ¿qué mayoría? Todos, unos pocos, unos cuantos… al más puro estilo dialéctico de Rallo] estimaría que este grupo viola los derechos del escultor sobre su obra, con independencia de que la expropiación corra a cargo de un grupo o de la “comuna universal”, salvo la circunstancia de que –como en el caso de la propiedad común de las personas- la expropiación sería llevada a cabo en la práctica por un grupo de personas en nombre de la comunidad mundial.” Es un genio, este hombre. No necesito leer mucho más de él para saber que o era un ‘jeta’ o un lunático. Tiene razón el sr. Rallo, debería ser más específico este Rothbard, ¿quién diantres será esa comuna mundial?

Le voy a explicar lo que dice un "utilitarista" (aplico aquí el sentido distorsionado que usted le da al término, por su bien y el de la humanidad; si prefiere le cito a Bentham o a Mill, sus ideas no quedan mejor paradas) de las teorías metafísicas como las que proponen los fundamentalistas del mercado. Decía, Francis Bacon (es cierto que era empirista, pero creo que puede serle "útil"), en su ensayo, “Novum Organum”, que revoluciona la ciencia del conocimiento humano o praxeología como gusta decir a los austriacos (sí, ya sé, de la acción, de la acción humana): “ Sin embargo, no conviene permitir que la inteligencia salte y se remonte de los hechos a las leyes más elevadas y generales, tales como los principios de la naturaleza y de las artes, como se les llama, y dándole una incontestable autoridad, establezca según estas leyes generales, las secundarias, como siempre hasta ahora se ha hecho, a causa de estar inclinado el espíritu humano por tendencia natural, y además por estar formado y habituado a ello desde largo tiempo por el uso de las demostraciones silogísticas”. ¿Se reconoce usted ahora? ¿Capta lo que le decía del orden ético y la subordinación de los distintos órdenes subéticos de Rothbard y Hoppe? Esto decía Rothbard de los economistas utilitaristas como usted (¿?): “Los economistas utilitaristas, basados en una teoría no ética de los derechos de propiedad, sólo pueden recurrir a la defensa del status quo de hecho existente”. (Paso 1: se carga la seguridad jurídica). Mire ahora lo que dice la teoría de Rothbard sobre la propiedad de la tierra: “nuestra teoría libertaria afirma que basta con que la tierra haya sido transformada una vez para convertirse en propiedad privada”. (Paso 2: modifica el concepto de propiedad). Sobre la revolución en ciernes: “Y si un sistema social se fundamenta en títulos de propiedad monstruosamente injustos, no perturbarlo no es paz social sino endurecimiento y atrincheramiento de una agresión permanente. Ni se puede refutar tampoco el marxismo señalando con el dedo su recurso a métodos violentos para imponerse”. (Paso 3: promueve la revolución libertaria).

Bueno, sobre mis citas de Rothbard y la definición que hago de ustedes en mis otros posts, creo que hablan por sí solos. La ideología ancap es criminal y antisistema, no hay más que oírles hablar, y lo malo es que les tenemos en el patio trasero del liberalismo. Me reconforta, sin embargo, que también reniegue de Hayek y de Mises. ¡Vaya par de socialistas!

Sobre la diferencia entre liberalismo político y el regaliano en el contexto europeo creo que impartiremos esa lección otro día. Me está entrando una pereza intelectual que me va a permitir que me salte esa lección. A este respecto, simplemente decirle que,en efecto, la tradición regalista ha venido a desvirtuar la concepción clásica de la Política condicionándola al Estado (eso creo que lo entienden). Liberalismo y Estado son incompatibles; (esto también lo entienden). Dicha concepción clásica se configuraba y, así es hoy todavía en la tradición anglosajona, como arte prudencial del compromiso y del gobierno como régimen legal. Es decir, en el establecimiento de un sistema de equilibrios institucionales y de control del gobierno, moldeadas históricamente por la tradición liberal (esto es lo que no entienden). En el libro, “En busca de un mundo mejor”, de Popper, se describe como “La tradición de gobernar mediante la discusión y, con ella, el hábito de escuchar el punto de vista del otro, el desarrollo del sentido de la justicia y al predisposición al compromiso”. En palabras de Dalmacio Negro, se clarifica esta contraposición entre liberalismo y Estado: “El Estado es mecanicista, antihistórico, una artefacto cientificista que concentra el poder político y, poco a poco, todo poder con el fin de eliminar contradicciones según el método del conocimiento natural; el liberalismo, organicista, evolutivo, jurídico. Una tradición que neutraliza prudencialmente las contradicciones de la libertad”. No sé si conoce la paradoja de la libertad, pero es aquella que lleva a la conclusión de que la libertad en exceso, conduce a la ley del más fuerte. Se lo explico mediante la paradoja del mentiroso: Decía Epiménides, el cretense, que: “todos los cretenses mienten”. Como él era cretense, si lo cretenses mienten, entonces él miente, y por lo tanto no todos los cretenses mienten. Y si no miente, es también falsa su afirmación puesto que dice la verdad. Más sencillo, y esto va por los relativistas, si todo es relativo, lo relativo es un absoluto, por lo tanto existen los valores absolutos. Lo relativo es un absoluto, así que es falso que todo sea relativo. Con la libertad ocurre lo mismo, si todo es libertad, la libertad se convierte en nuestras cadenas y el mundo en un infierno.

Advertía Hayek sobre los “intelectuales” -“los traficantes de ideas de segunda mano”- [yo diría: los falsos profetas], que decía son los principales responsables del relativismo, el nihilismo, y la desesperanza en el hombre. Pero, claro, usted es un iusnaturalista, o ético-constructivista, o, era usted utilitarista, o liberal, misiano, anarco-capitalista, randiano, rothbardiano, hoppesiano, no recuerdo ya muy bien el código de barras que lleva impreso en la frente: quizás sólo un anarco-cuentista. Y, ¿qué defendía usted?: ¿lo natural? ¿lo artificioso? ¿la vida? ¿el infanticidio? ¿la revolución? ¿la contracultura? ¿la contrarrevolución? ¿la razón? ¿la sinrazón? ¿la libertad plena? ¿la esclavitud? ¿la propiedad? ¿sólo la propiedad justa? ¿la justicia restitutiva? ¿la justicia retributiva? ¿el derecho natural? ¿el humanitarismo? ¿la antropofagia? ¿el naturalismo biológico? ¿el relativismo? ¿el nihilismo? ¿los valores éticos absolutos? ¿Todo, todo el tiempo?; ¿todo, sólo a veces?; ¿un poco, todo el tiempo?; ¿o un poco, sólo a veces?; ¿o, más bien, lo que le conviene? Su lema es: Toda la Libertad para mí. Un liberal diría: sin Responsabilidad no puede haber Libertad. En cualquier caso, no sé si es peor lo que dice o lo que calla.

Dice usted que los ancaps no destruyen la civilización. ¿Les parece insuficiente, cargarse toda la ciencia jurídica, incluido el derecho romano, a cuyos ilustres autores se atreve a citar? Por no mencionar el deconstruccionismo de la tradición liberal y democrática de la civilización occidental. Cicerón le diría que el derecho es ‘bien común’ de un pueblo en cuanto tal y que: “Todos somos siervos de la ley para poder ser libres”. Me parece que el problema de ciertos economistas, es que, por deformación profesional y por la vanidad del conocimiento (técnico), creen poder aplicar su ciencia al comportamiento humano. Sus leyes naturales del mercado son su ‘deus ex macchina’ que todo lo dirige. Ese reduccionismo simplista les lleva al mismo mecanicismo y determinismo que a muchos totalitarios. Recuerde nuevamente lo que le decía; debería colgar en su bitácora el siguiente texto: “las utopías pueden matar”.
PD: Observo que el sr. Rallo se ha apresurado a contestar (si a eso se le puede llamar así), pensaba yo que no lo iba a hacer. Así lo había afirmado él mismo. Denoto por ello cierto nerviosismo. Ahora, sí que mi pereza es absoluta, ya le contestaré si tengo tiempo y ganas, no me apetece seguir perdiendo mi tiempo con un fanático. Si me acepta un consejo : cambie de "profe", el que tiene le está nublando los sentidos. Especialmente, el sentido común.
Lo que no le perdono es lo de gallardonita. Pero claro, se tiene que esconder usted detrás de los clichés, porque de argumentos anda más bien escaso. No ha pensado de todos modos en llamar al primo de zumosol para que le saque del aprieto. No se preocupe no insistiré, creo que de momento es suficiente. También reconozco que juego con ventaja, yo sé quien es usted y usted poco sabe de mí al tomar prestado el nombre de un ilustre "socialista". Así que, como no me gusta abusar, le dejaré tranquilo. Por el momento. Además, no quiero aburrir más a nuestros pacientes lectores. Permítame pues que le despache como hace usted en sus escuetas y poco argumentadas respuestas: con "talante", mucho "talante" zapateril. Cuando haya leído algo más que la escuela austríaca, vuelva a por más, quizás podamos entablar un debate digno de ese nombre.
N.B.: Debo aclarar al señorito Rallo, (en adelante "el intelectual") que no es cierto que me retire. Como siempre el intelectual y su corporación tergiversan la verdad para adaptarla a su mundo irreal. No me retiro, me retiran mis obligaciones, porque además del ciberespacio existe una realidad que se llama obligaciones familiares y laborales. El mercado me reclama, así que no tengo más remedio que acudir a la llamada de la naturaleza. Sí, a ganar dinero, y, a ser posible, mucho dinero; porque no tengo un papá que me mantenga. De todas formas, ¿a qué quiere que le conteste?, si yo le digo una cosa y usted me responde a otra. Peor, tergiversa mis palabras o, lo que es más sorprendente, las suyas propias. No se preocupe, no les perderé de vista, a usted y a su CORPORACIÓN ANARCOESTÉTICA, S.L.. Porque mi afición preferida es la caza, la caza de TOTALITARIOS.

Este blog no se hace responsable de los contenidos vertidos en la sección de comentarios. Las IP de las personas que participen en dicha sección quedarán recogidas en el sistema de comentarios Haloscan habilitado en la bitácora y serán puestas a disposición, si así fuere requerido, a disposición de las autoridades judiciales. Además podrán ser publicadas, pero siempre, y en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, sin añadir ningún otro dato de carácter personal que haga identificable a la persona que ha utilizado dicha IP.