El PP propone reformar el Código penal.
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PROPOSICIÓN DE LEY
Artículo Primero
Se suprime del artículo 164 del Código Penal la última frase: "y la inferior en grado si se dieran las condiciones del artículo 163.2".
Artículo Segundo
Se añade un nuevo artículo, 242 bis, al Código Penal con la siguiente redacción:
ARTICULO 242 BIS:
Cuando el robo con violencia o intimidación vaya acompañado de la retención de la víctima para obligarle a proveerse de bienes distintos de los que portare en ese momento, o para permitir al delincuente la utilización de los medios de pago o de disposición de dinero que se le sustraigan, se impondrá la pena de prisión de cuatro a siete años.
Artículo Tercero
Se añade un nuevo artículo, 242 ter, al Código Penal con la siguiente redacción:
ARTICULO 242 TER.
1. El culpable de robo con violencia o intimidación en las personas será castigado con la pena de prisión de cinco a diez años cuando el delito se cometiera en casa habitada encontrándose sus moradores dentro de la misma. Se le impondrán así mismo las penas que pudieran corresponder a los actos de violencia física que realizare.
2. La pena se impondrá en su mitad superior cuando concurrieren las circunstancias del artículo 242.2.
Buena medida.